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“Es un negocio millonario sin licitación para tres empresas y por quince años”

“Es un negocio millonario sin licitación para tres empresas y por quince años”



Redacción Suma Política


“Es un negocio millonario que se le da a tres empresas por quince años, sin licitación, de manera directa, ilegal y nada transparente. Esto debió haber sido debatido y discutido en la Legislatura”. Con ese argumento, dos diputados provinciales del radicalismo, Maximiliano Pullaro y Fabián Bastía, presentaron una denuncia penal para que se investigue la autorización que la Lotería de Santa Fe le otorgó, mediante un decreto refrendado por el gobernador Omar Perotti, a los concesionarios de los casinos de la provincia para que exploten la modalidad de juego online.

Para los legisladores, las tres autorizaciones otorgadas “configuran un claro exceso en las potestades de la administración y conductas con apariencia delictiva”. Sostienen que “las apuestas online hoy no están previstas legislativamente” y reconocen que “no habría inconvenientes” en tratarlas, pero piden que se respete el debate legislativo.

En este punto citan como ejemplos los tratamientos que hubo en las legislaturas de la provincia de Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y provincia de Misiones. “Es algo que se viene, no lo podemos negar, pero aquí se forzó la ley de manera ilegal, se les dio la habilitación de este negocio millonario por quince años a los tres concesionarios de los casinos argumentando la pandemia”, explicó Pullaro.

Mediante el decreto 998/2020 y las resoluciones 163, 164 y 165, todas del 11 de setiembre, la vicepresidencia ejecutiva de la Caja de Asistencia Social – Lotería de Santa Fe autoriza a los tres concesionarios de los casinos de Santa Fe, Rosario y Melincué para que “en el marco de sus respectivos contratos públicos, instrumenten, implementen, operen y exploten los juegos de azar a través de la modalidad online o virtual por el plazo coincidente con el de la concesión”.

“Nos sorprendió el decreto que firmó el gobernador —explicó Pullaro—, y nos sorprendió que automáticamente que se firmó el decreto, prácticamente en ese mismo momento, se puso en funcionamiento el juego online en la provincia de Santa Fe. Como si hubiese estado charlado previamente. Casi fue concomitante: se firmó el decreto y ya estaban las páginas habilitadas de los tres casinos”.

El ex ministro de Seguridad de Santa Fe aclaró que “el juego está prohibido en la provincia, salvo donde está puntualmente exceptuado, que es en los casinos”, y recordó que “la de Casinos es una ley de promoción al turismo que establecía inversiones como la construcción de un casino, de un centro de convenciones y de un paseo comercial. Por eso se les permitía explotar el juego de paño, el juego físico, que no tiene nada que ver, que es una modalidad completamente diferente al juego online. Es otra cosa. Aquí se intenta decir que es lo mismo el juego online al juego de paño”.

“Hay sólo tres puntos en la provincia de Santa Fe donde está permitido llevar adelante el juego: Santa Fe, Rosario y Melincué, y ahora con este decreto se lo lleva prácticamente a todas las casas de la provincia, para que se pueda jugar online desde un celular, una tablet o una computadora”, advirtió Pullaro.



Conceptos extraños


En su denuncia, los legisladores citan la ley provincial que define a los casinos como “lugares cerrados donde se desarrollan en forma exclusiva y simultánea juegos de ruleta, carteados, de dados y con máquinas de azar automáticas, donde los participantes juegan contra la banca que ejerce el explotador del juego”. Y los diferencian del juego online, “un fenómeno jurídicamente autónomo” cuyos “conceptos fundamentales —según otros antecedentes legales— son juego en línea, juegos por medios electrónicos, informáticos y de telecomunicación, y juegos través de procedimientos interactivos. Todos conceptos que resultan absolutamente extraños a nuestra actual legislación”.

Fuera de los argumentos jurídicos, los denunciantes mencionan que el juego online involucra “medios de pago electrónicos con potencialidad para amplificar de manera incontrolada” el gasto de los jugadores, que podrían incluso “contraer deudas mediante la operatoria con tarjetas de crédito”.

Pullaro y Bastía denuncian por otra parte que “en la modalidad online resulta imposible la fijación del canon” que deberían pagar los casinos de acuerdo a la ley que en su momento reguló su actividad.

Advierten que la regulación de todo esto “por decreto, supone al menos dos perjuicios concretos: primero hay un claro exceso respecto a la autorización legal, en desmedro del principio republicano de la división de poderes, y segundo, dispone sin mecanismo alguno que garantice la transparencia, una autorización ilegal para explotar una actividad millonaria, en beneficio de tres empresas que no tendrían por qué recibir semejante privilegio, ya que las apuestas online son un objeto cualitativamente distinto al negocio de los casinos tal como está regulado, y no pueden considerarse un mero ‘complemento’ o ‘accesorio’ de esta actividad”.

En consecuencia, “en ausencia de un marco legal propio”, a diferencia de otras actividades como “por ejemplo un restaurante, cuando queda autorizado a operar por delivery”, el juego online “queda en el plano de la ilegalidad”.

No dudan en afirmar que “esta ampliación graciosa por decreto, que en la práctica equivale a una nueva concesión sin marco legal que la autorice, se ha realizado no sólo en desmedro de eventuales competidores sino además incumpliendo el deber fundamental que tienen los funcionarios públicos de despejar dudas sobre la corrección de la actividad administrativa”.

“Dicho de otro modo, no hace falta comprobar que atrás de una concesión ilegal se esconde un negociado o un hecho de corrupción (cuestión que, por supuesto, tampoco se puede descartar de plano). Son los funcionarios quienes deben actuar de forma tal que no den lugar a legítimas sospechas”, concluyen. “Además de que la sola circunstancia de haberse autorizado una actividad lúdica sin marco legal que lo autorice, de por sí podría ser constitutiva de delito penal”.



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