“Un juez con ínfulas de príncipe”, extralimitación, afectación del principio de división de poderes, avance sobre facultades legislativas, avasallamiento al sistema electoral, jueces que se exceden en sus funciones, un intento para evitar la “burocracia” de la Legislatura, una simple nota para modificar un texto de la Constitución provincial, un soliloquio, un modus operandi, la amenaza de un conflicto de poderes, falta de imparcialidad, cambio de reglas de juego, “iluminados” que se imponen sobre los consensos, arrebato autócrata, acto de arbitrariedad, inadmisible abandono discrecional y contradicción con los precedentes, afectación de la seguridad jurídica, colisión de jurisprudencia, indiferencia y desprecio por los canales institucionales, una “autocracia en todo su esplendor”.
No está claro si podrá prosperar el pedido de juicio político al ministro de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe Daniel Erbetta por su desempeño en 2023 al frente del Tribunal Electoral de la Provincia (TEP). Más bien parece que la iniciativa lleva las de perder. Pero a la presentación que el viernes a las 11.15 concretó finalmente el diputado provincial Palo Oliver le sobran expresiones de tono severo para amplificar sus fundamentos.
Aunque la causal es una sola, mal desempeño en el ejercicio de sus funciones, el escrito deja librado a que cuando se analice el tema en la comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados, también se considere si no hubo abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

La historia
Oliver le cuestiona a Erbetta dos cosas: haber posibilitado —contrariando lo que dice la Constitución santafesina— el voto de los jóvenes de 16 y 17 años en las pasadas elecciones en la provincia, y sobre todo no haber aplicado el piso electoral del 3 % con el que los partidos políticos entran al reparto de las 22 bancas que le corresponden a la oposición en Diputados. Sostiene que esa disposición está vigente por una ley de octubre 1983, aunque el Tribunal Electoral la consideró derogada.
Esa decisión puso en riesgo la banca que hoy ocupa Oliver, que había sido adjudicada en principio a Rubén Giustiniani. Una votación del pleno de la Cámara de Diputados el 6 de diciembre le dio la razón a Oliver (votaron a su favor 38 de los 50 diputados), se avalaron así los criterios anteriores (en su mirada se respetó la jurisprudencia y doctrina constitucionales), se contradijo al Tribunal, y quedó afuera del reparto el partido de Rubén Giustiniani.
Por eso el planteo de Oliver ahora no es para recuperar una banca que ya tiene, sino, según plasmó en su escrito, porque considera que “es inadmisible la pasividad ante un precedente que significó la creación de un sistema paralelo de interpretación y validación de normas, en el que el diálogo institucional democrático no resultó necesario, y fue reemplazado por la voluntad de tres funcionarios judiciales no especializados”.
Recuerda en su presentación que el Tribunal Electoral “es un organismo de carácter administrativo y no forma parte de la estructura del Poder Judicial”. Funcionalmente está dentro del Poder Ejecutivo, depende de la Secretaría Electoral, dentro de la órbita del Ministerio de Gobierno de la provincia. Palo Oliver informó que ya se presentaron dos proyectos (el primero perdió estado parlamentario) para que ese organismo sea un ente autárquico independiente de los poderes de la provincia.
“Se trata de un Tribunal no permanente, conformado por jueces sin especialización en materia electoral: un ministro de la Corte, un juez con competencia civil y un juez con competencia penal. Ese tribunal modificó el texto constitucional sin siquiera haberse pronunciado sobre su inconstitucionalidad. Todo a partir de una simple nota. Un pedido de morigeración de una supuesta situación de discriminación a personas de 16 y 17 años”, destaca.
Advierte que con el mismo mecanismo empleado, en el futuro otro Tribunal podría eventualmente resolver la aplicación del sistema D’Hont para la adjudicación de las 50 bancas en la Cámara de Diputados (hoy se lleva ese número el que gana la elección en esa categoría), o habilitar la reelección de un gobernador, bajo el mismo argumento empleado de “la indefinición legislativa”. Cuestiona que de esa manera el TEP se arrogó “la potestad de evaluar la eficiencia legislativa”.
Los camaristas y el procurador
Además del pedido de juicio político a Erbetta, Oliver también pide la remoción a través de un jury de enjuiciamiento de los dos camaristas que integraron el último Tribunal Electoral: Alfredo Ivaldi Artacho y Armando Luis Drago. A este último le agrega además del reproche general una causal específica: que excede el límite de edad para ejercer la función judicial, un asunto al que adhiere el gobierno provincial, que está procurando renovar por ese motivo a cinco de los seis integrantes de la Corte.
En cambio, Oliver no incluye entre los cuestionados al procurador de la Corte, Jorge Barraguirre, que dictaminó en el mismo sentido que Erbetta en las dos cuestiones que reclama. Aunque lo menciona varias veces en el escrito sólo para rescatar su participación en el 2021, cuando sostuvo, ante un pedido similar por el tema del voto joven, que no era competencia del Tribunal Electoral entender en la materia. “La Legislatura puede tener, aún, una palabra que decir”, asentó para validar la posición del TEP cuando lo presidía otro miembro de la Corte, Roberto Falistocco.
En los planteos del 2023, el procurador aconsejó al TEP considerar “prematuro” el planteo del frente al que pertenece Palo Oliver (porque se hizo antes del escrutinio definitivo) y, por lo tanto, “inadmisible” la presentación realizada para que se respete el umbral del 3 % en la asignación de bancas. También ofrece abundantes razones contrarias a la postura del Frente Amplio por la Soberanía.
En el caso del voto joven también aconseja el procurador resolver en contra de la postura del sector de Palo Oliver, o sea a favor de que se incorporen al padrón para participar de las elecciones provinciales a quienes hayan cumplido 16 y 17 años, como efectivamente ocurrió.
Tampoco menciona el escrito ingresado a la Cámara las intervenciones del actual fiscal de Estado, Domingo Rondina, que como abogado del mismo espacio político de Oliver en varias presentaciones apoyó los fundamentos en contra del decreto ley que el pedido de juicio político defiende. Rondina sostuvo que la ley cuestionada “tiene una génesis ajena a los procesos constitucionalmente establecidos por emanar de poder ilegítimo. Se trata de una norma inconstitucional la que dispuso un umbral donde la constitución provincial no lo admite”.

A favor del voto joven
En su pedido de juicio político, Oliver sostiene sus fundamentos con varios puntos, a la vez que aclara que no discute la cuestión de fondo sino los procedimientos. Por ejemplo, en el caso del voto joven dice estar a favor de que se otorgue ese derecho, pero mediante las formas debidas.
Opina que para la ampliación de derechos (incorporación del voto joven), es necesario reformar el texto constitucional, según argumenta basándose en el pensamiento mayoritario de la doctrina constitucional santafesina. “El Tribunal Electoral no puede violar la Constitución”, asegura, para preguntarse: “¿Con qué procedimiento institucional se incorporó en medio de un proceso electoral ya iniciado a más de cien mil votantes de 16 y 17 años?”.
En 2021 el Tribunal Electoral ya había rechazado un pedido presentado en el mismo sentido, concluyendo que no contaba con facultades para modificar el texto constitucional. “Esta reclamación importaría reescribir el artículo 29 de la Constitución provincial”, dijo el procurador en ese entonces.
“El Tribunal Electoral no cuenta con facultades para formular un control constitucional sobre las normas jurídicas provinciales —sostiene el escrito presentado por Oliver—. La incorporación del voto a menores de 18 años debía ser el resultado de un diálogo republicano entre los distintos poderes, en el supuesto que se descartase la necesidad de una reforma constitucional”.
Cuestiona que el tribunal ordenó la incorporación de un número de personas al padrón que implicó una ampliación de casi el 3 % del total de votantes “sin correr traslado a la Provincia ni convocar a un espacio de diálogo en la Legislatura, sin contar con la opinión de las fuerzas políticas y de manera contraria a los precedentes del mismo tribunal”.
También resalta que el proceso electoral ya estaba en curso y había finalizado el plazo para tachas y agregados, así como la tapa de impugnación de residencia y presentación de listas. Por eso destaca que “no se pudo ejercer ningún tipo de control y se agregaron cien mil electores inimpugnables”.
No sin sorna observa que “a pesar del rechazo del 2021, los diputados Giustiniani y Donnet formularon un nuevo pedido en 2023 al mismo tribunal que dos años antes se declaró incompetente, con un grado de clarividencia destacado y la esperanza de un resultado diferente con la nueva conformación del Tribunal Electoral”.
El caso Armstrong
La posición de Erbetta ante la denuncia en su contra es que resultaría un escándalo institucional a nivel nacional si prospera este pedido de juicio que lo tiene en la mira. El ministro de la Corte cree que no es posible cuestionar la interpretación fundada de una ley, que eso pondría en comisión a todos los jueces. Sostiene que ningún juez puede ser enjuiciado por el contenido de sus decisiones.
En Santa Fe hay un antecedente relevante cuando la Corte rechazó con ese argumento el pedido de juicio político contra el juez Hernán Postma, que había sido acusado por supuesto “mal desempeño” y “falta de idoneidad técnica”.
A favor del ministro de la Corte parecen estar también la comunidad académica y los organismos institucionales de magistrados, que todavía no se han expedido. Incluso suma la opinión de Alejandro Tulio, ex director nacional electoral y una de las más reconocidas autoridades en derecho electoral del país, que declaró que el voto joven fue una medida innovadora en Santa Fe, y que el Tribunal Electoral que presidió Erbetta no sólo “no se excedió, sino que cumplió con su deber”.
También lo avala una cuestión práctica. Hace una semana se realizaron en Armstrong elecciones de intendente, complementarias a las del 2023, al igual que en otras dos localidades del norte provincial.
En todos esos casos se utilizaron los padrones que incluyen a los menores de 16 y 17 años, sin que nadie los objetara, incluso ahora que el presidente de la Corte ya no es Erbetta.
Lo mismo pasó con el escrutinio definitivo de la elección provincial que consagró el triunfo de Maximiliano Pullaro para gobernador. No hubo impugnaciones, como si la discusión hubiera quedado saldada. Tal vez una pista que podría determinar la suerte de esta solicitud para que se valore este pedido de juicio político.
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Periodista. Licenciado en Comunicación Social de la UNR. Ex jefe de Redacción de La Capital. Twitter: @DanielAbba_
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