Las elecciones para convencionales constituyentes y las primarias municipales en Santa Fe estuvieron marcadas por la implementación de la ley 14.180, conocida popularmente con el nombre de ficha limpia, sancionada por la Legislatura provincial en noviembre del 2022. El objetivo es impedir el acceso a cargos públicos a personas que tengan una condena confirmada en segunda instancia por actos de corrupción u otros delitos dolosos. Según pudo saber Suma Política, la Secretaría Electoral observó a 86 personas en los últimos comicios, de las cuales solamente tres fueron impedidas de participar por ser deudoras de la cuota alimentaria.
El resto de los candidatos figuraban en el Registro de Antecedentes Penales con algún tipo de procesamiento judicial pero sin que las causas hayan avanzado. Entre los casos más comunes se registraron: tenencia de estupefacientes, amenazas calificadas, lesiones leves, obstrucción de contacto de menores entre padres, accidentes viales y hasta un caso de aborto que data de la década del 80, antes de su legalización. En su mayoría se trata de hechos que prescribieron por el paso del tiempo, fueron archivados por falta de pruebas suficientes para llegar a un juicio, o simplemente cumplieron la pena. Vale aclarar que todos fueron habilitados para la contienda electoral.
Fuentes vinculadas al Poder Judicial de la provincia detallaron que la mayoría de los postulantes no tenían conocimiento de sus huellas en la justicia y que en general los partidos políticos más importantes tratan de filtrar a quienes pretenden integrar sus listas para evitar problemas. Los involucrados que cargaban con antecedentes penales tuvieron que solicitar la exclusión al Registro Nacional de Reincidencia, trámite que puede gestionarse a través de la aplicación Mi Argentina, aunque habitualmente termina realizándose con algún tipo de patrocinio legal por la complejidad del mecanismo.
Previo a la aprobación de ficha limpia, un caso paradigmático fue el de Luis “Coco” Bergallo: en 2017 fue detenido acusado de liderar una banda dedicada a la venta de drogas en el barrio Yapeyú de la Capital provincial. Lo curioso es que pudo mantener la lista que encabezaba para disputar un lugar en el Concejo Deliberante pese a estar en prisión preventiva. El Tribunal Electoral avaló su participación porque aún no había sido imputado, aunque es preciso recordar que incluso estando condenado se necesita la confirmación de la pena por parte de la cámara revisora para lograr la inhabilitación.
En aquella oportunidad, el llamado “candidato narco” obtuvo la magra cosecha de 696 votos (1.34 %) y quedó entre los últimos puestos en la interna del justicialismo. En 2025, una vez cumplida la pena, el hombre intentó volver a ser candidato a concejal ahora en la ciudad de San Cristóbal, pero fue impugnado por el apoderado del Partido Justicialista, Maximiliano Rodríguez Barona, por no contar con los dos años de residencia solicitados. Finalmente, la Secretaría Electoral hizo lugar a la solicitud del PJ y desestimó su postulación.
Qué exige la ley
La ley de ficha limpia en la provincia de Santa Fe establece que no podrán ser precandidatos o precandidatas quienes hayan sido encontrados culpables en hechos de corrupción incompatibles con la función pública, por delitos contra la integridad sexual, la libertad y por homicidio cometido con violencia de género. La imposibilidad de participar en las elecciones se extiende por el plazo de diez años contados a partir de la entrada en vigencia de la sentencia condenatoria. Tampoco serán admitidos quienes estén inscriptos en el registro de morosos alimentarios, aspecto contemplado por la ley 11.945.
El texto, votado por unanimidad en las cámaras de senadores y diputados, veda también las candidaturas a quienes no son afiliados a los partidos políticos; directores, administradores, gerentes o apoderados de empresas que tengan concesiones de servicios u obras públicas con las tres esferas del Estado; y miembros de directorios de bancos, empresas estatales o mixtas. En 2024, la cámara alta incluyó una modificación en la ley para incorporar también a quienes hayan sido condenados por delito de microtráfico o tenencia de estupefacientes, aunque aún resta la media sanción de diputados para que se haga efectiva.
En diálogo con Suma Política, la diputada provincial del PRO, Ximena Sola, señaló que “es una ley que vino a transparentar la política” y aseguró que “no se trata de una cacería de brujas ni es en contra de nadie”. En cuanto a la discusión en torno a quienes ya ocupan un cargo público y gozan de protección a través de los fueros parlamentarios —lo que impide cualquier tipo de investigación judicial— recordó que una de las iniciativas del oficialismo santafesino es avanzar en su eliminación durante el debate por la reforma constitucional.

En la misma línea, una de las principales propuestas de campaña del gobernador Maximiliano Pullaro fue la incorporación de los principios de ficha limpia en la nueva carta magna. Previo a los comicios, el mandatario santafesino compartió una actividad en la provincia con Gastón Marra, el autor del proyecto a nivel nacional y presidente de la campaña ciudadana que promueve la iniciativa en todo el país. Además de Santa Fe, Jujuy, San Juan, Chubut, Salta, Mendoza y Río Negro cuentan con leyes similares.
En la ciudad de Rosario, el Concejo Municipal aprobó el año pasado una ordenanza del edil Carlos Cardozo del PRO que prohíbe asumir como secretario, subsecretario o director de Distrito a quienes tengan sentencia firme en delitos contra la administración pública de cohecho, tráfico de influencias, malversación de fondos públicos, negocios incompatibles con la función pública, enriquecimiento ilícito y fraude. La prohibición se extiende también a los aspirantes a funcionarios que tengan condena firme en causas vinculadas al orden económico, financiero, contra la integridad sexual y la libertad.

Lawfer, ficha limpia y el escenario nacional
En la escena nacional, el proyecto de ficha limpia obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados en febrero de este año, y los senadores se preparaban para seguir el mismo camino esta semana, aunque la sesión fue postergada por el fallecimiento del Papa Francisco. Una de las novedades que incorporó La Libertad Avanza es que para inhabilitar a candidatos que hayan cometido delitos contra la administración pública no será necesario tener una condena firme, sino que alcanza con una sentencia en segunda instancia, que en el caso de la Justicia Federal es la Cámara de Casación Penal.
También se establece la creación de un Registro Público de Ficha Limpia a cargo de la Cámara Nacional Electoral, en donde constarán las sentencias confirmadas por los tipos de delitos contemplados en la norma. Uno de los puntos que genera controversia es desde cuándo entra en vigencia la prohibición: el texto votado en la cámara baja señala que corresponde su aplicación “siempre y cuando la confirmación de la condena se produzca con anterioridad al comienzo del plazo establecido en el artículo 25 del Código Electoral Nacional”, que se refiere al cierre de los padrones electorales.
Si el proyecto se vota en la sesión del 8 de mayo, tal como anticipan fuentes parlamentarias, su implementación quedaría postergada para los próximos comicios en función de que el cierre del padrón electoral está previsto para el próximo 29 de abril. De cumplirse este pronóstico, una de las principales apuntadas, la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, quedaría excluida en esta oportunidad pese a tener una condena en segunda instancia en la denominada causa “vialidad”.
En el peronismo sostienen que la iniciativa tiene como finalidad proscribir a la ex mandataria y la inscriben dentro de las estrategias de lawfare, un concepto utilizado para definir a las causas judiciales, presuntamente amañadas, para perseguir a opositores. Ahora, resta saber si el gobierno de Javier Milei aún conserva la idea de polarizar con CFK en las elecciones de octubre, o su candidatura puede convertirse en un problema para revalidar el liderazgo del oficialismo en los comicios de medio término.

