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Política

El blanqueo de capitales para aplicar a la construcción ilusiona al municipio

Rosario se adherirá a la ley nacional de blanqueo de capitales para el sector de la construcción con una intención clara: reactivar una de las actividades que más estimula la economía. Por estas horas, la provincia de Santa Fe está firmando el decreto —al que se sumará la ciudad— que establece, por ejemplo, una quita importante en el pago de los impuestos de Sellos e Ingresos Brutos.

Desde el Palacio de los Leones creen que se trata de una medida que fomentará el empleo y empujará para que las alicaídas cuentas locales puedan fortalecerse y repuntar. Se trata de una medida que genera controversias, pero que en este contexto complicado por la pandemia tiene visto bueno hasta para algunos economistas.

Rosario viene siendo una de las ciudades con más expansión edilicia en los últimos años. Se estima extraoficialmente que desde el 2018 a la fecha se volcaron más de 15 mil millones de pesos al mercado inmobiliario, lo que indicaría que la adhesión al blanqueo de capitales sería una bocanada de aire fresco para el sector.

Mientras la segunda ola de la pandemia parece desinflarse y se intensifican las flexibilizaciones, la expectativa oficial es que las obras privadas “retomen” su actividad y que se generen “nuevos proyectos genuinos”, señaló a Suma Política el secretario de Producción local, Sebastián Chale.

El funcionario se mostró optimista también con la idea de que se produzca una “activación fuerte del empleo” y “se genere un efecto multiplicador en otras actividades” como la comercial, los servicios y logística, entre otros. “Creo y estoy convencido de que puede dar muy buenos frutos en la situación socioeconómica actual de la ciudad”, indicó.

Economistas de prestigio como Daniel Guida también señalan que se trata de un “hecho positivo”. Que una ciudad destacada en los últimos años por la construcción, sobre todo la privada, pueda adherirse a esta ley, es “positivo”, remarcó.

El economista cree que la repercusión que puede tener la medida estará muy vinculada a la posibilidad de “poner en el mercado, de alguna forma, recursos que están por fuera del mismo” por diversos motivos, como, por ejemplo, puede ser que “no estén declarados, o que estén debajo del colchón”.

Guida ratificó que está en contra de “todos los blanqueos”, porque entiende que “son casi una injusticia”; siempre “es criticable” desde la moral y la ética. Pero en un contexto pandémico “no estoy tan preocupado por esto”, dijo, aunque comparte la posición de muchos acerca de que en los blanqueos es difícil ver la procedencia de los fondos.

Pese a su mirada crítica sobre la ley, no le sorprende que la ciudad se acople porque “Rosario siempre fue de avanzada” y “cada vez que la economía repuntó, la ciudad siempre estuvo atenta con esto. A primera vista no hay nada negativo en la temática”, cerró.

Lo que hay que saber

Pasando en limpio la ley, se entenderá por proyectos inmobiliarios a aquellas obras privadas nuevas que se inicien a partir de su entrada en vigencia. Se establecerán descuentos del 50 % en el pago del impusto de Sellos y una quita en igual porcentaje para los Ingresos Brutos. Quedarán comprendidas dentro de la definición de “obras privadas nuevas” aquellas que a la fecha de entrada en vigencia de esta ley posean un grado de avance inferior al 50 % para la finalización de la obra.

La ley nacional de Blanqueo de Capitales exime del impuesto sobre los bienes personales al valor de las inversiones en proyectos realizados hasta el 31 de diciembre de 2022 inclusive.

Se dispondrá que los titulares de inmuebles o de derechos sobre inmuebles gozarán del diferimiento del pago del impuesto a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas en el caso de desarrollo de proyectos inmobiliarios, según las pautas que se especifican.

Las personas humanas, sucesiones indivisas y los sujetos establecidos en el artículo 53 de la Ley de Impuesto a las Ganancias podrán declarar de manera voluntaria ante la AFIP la tenencia de moneda extranjera y/o moneda nacional en el país y en el exterior dentro de un plazo que se extenderá desde la fecha de entrada en vigencia de esta ley y hasta transcurridos 120 días corridos, ambas fechas inclusive.

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