Como una maldición bíblica, el ninguneo a la mano de Dios, los goles de Maradona a los ingleses en el 86, y 40 años después, el desprecio a Giovani Lo Celso y al Licha Martínez, entre varios otros jugadores de la nueva hazaña, ahora en USA y contra el mismo rival usurpador de territorio argentino, se ha vuelto una pesadilla para la visión y acción extranjerizante del presidente argentino. Milei después del Mundial (y por qué no, del caso Manuel Adorni) no se recuperó más. Claro, dirán, todo tiene que ver con todo; se hunden las economías familiares, se hunden los ingresos, se hunde la falsa ilusión (predominó en algún momento) de que un programa despiadado antipopular puede producir resultados para sus víctimas, aunque siempre en el semestre “que viene”.
Todo se hunde para la Casa Rosada, ya con niveles consolidados del 65 por ciento de rechazo popular, al calor de la inesperada pregnancia que tuvo la causa “nacional”, con los jugadores de fútbol, la bandera de Atlanta, y ahora con la defensa del territorio nacional. Más temprano o más tarde, se vendría el principio de fractura en el sitio donde, hasta acá, el régimen libertario supo moverse con gran habilidad: el Palacio. Los amigos gobernadores (varios de ellos, aunque no otros, como el santafesino Maximiliano Pullaro) se le escurren como arena entre los dedos.
Muchos actores del campo cultural, deportivo, político, sindical, científico —y así de seguido— se pronunciaron contra la extranjerización de tierras. Pero cuando Tini Stoessel publicó su bandera argentina ondeando sobre suelo patagónico, para que lo vean sus 22 millones de seguidores, fue el final para Milei. No había retorno. Tini, la pareja de Rodrigo De Paul, jugador del fútbol de la selección, que vive y reproduce en Miami toda su ética y estética mainstream —jamás se pronunció por un tema de política nacional—, desbordó todo el campo de representación política del antimileísmo, y arrasó con los jirones que a Milei le quedan en la sociedad.
Tras cartón, decenas de miles bajo la lluvia en todo el país saliendo a disputar, este jueves, la pretensión del Senado de lograr media sanción con la ley de “inviolabilidad de la propiedad privada”, objetivo que, muy deshilachado y parcial, de todos modos, el gobierno consiguió.
Balas de goma, gases, palos, detenidos, heridos, carros hidrantes: una larga cacería de las fuerzas de seguridad rompió la enorme manifestación ciudadana contra la ley de inviolabilidad. La caída abrupta de la simpatía popular con las leyes que propone el gobierno tuvo como contrapartida el único lenguaje que tiene para ofrecer la Casa Rosada, la represión. De todos modos no consiguió los votos para el capítulo principal que pretendía: la extranjerización de las tierras, ni la ley del fuego (bosques).
El gobierno no la vio venir; después del trapo de “Las Malvinas son argentinas” de la tarde del triunfo futbolero ante Inglaterra, además del evidente fracaso de las economías familiares, comenzó a pregnar el universo simbólico alrededor la “La Argentina no se vende”. Ayer, en el Senado, con la ley de inviolabilidad cayó la ley de tierras, cayó también el capítulo de ley del fuego, y se sostuvieron a los tumbos el resto de los capítulos. El despliegue descomunal de fuerzas de seguridad fue parte del retroceso político mileísta, valiéndose del último recurso. Meter palos y meter miedo, para que, transitoriamente, retroceda la protesta.
El presidente profundiza el choque y la cacería; trató de terroristas a quienes ejercen una opinión diferente, y los apaleó en las calles. A la represión del régimen libertario le falta un sólo matiz, que madura, represión tras represión, y que pronto llegará: uno (o más) muertos por el efecto represivo. La democracia argentina toca fondo.
Luego de dos semanas de intenso debate por redes, el aluvión de rechazo en la opinión pública, que se aceleró el último miércoles, hizo chocar y derrotó al gobierno: sacó el capítulo entero sobre la venta libre y sin tope de tierras argentinas a extranjeros para tranquilizar el clima contrario, y tampoco tuvo los votos para voltear la ley (bosques) del fuego que, con autoría de Máximo Kirchner, tiene vigencia desde 2022. Sin embargo, logró una recomposición parcial de su mayoría en el Palacio, y así avanzó con otros capítulos de la ley: encarecimiento y trabas para las expropiaciones estatales y desalojos exprés, entre otros.
Entre los retazos que quedaron vivos de la “inviolabilidad de la propiedad privada” se aprobaron modificaciones cruciales con la ya histórica ley de expropiaciones que le permite —entre otras cosas— al Estado construir rutas, gasoductos y otras intervenciones sobre el territorio para desarrollar obras de infraestructura nacional. El proyecto establece que la declaración de utilidad pública será “de interpretación restrictiva” y deberá identificar en forma específica y concreta el fin, además de ser idónea, necesaria y proporcional. Y agrega un elemento, “la indemnización comprenderá el lucro cesante, que en ningún caso podrá exceder el 30 % del valor del daño emergente, salvo que el expropiado demuestre fehacientemente una afectación superior”. En otras palabras, puede ser el 30 %, o puede ser más, según los casos.
La incorporación del concepto “lucro cesante” será letal para la factibilidad y costos de las expropiaciones. Y profundiza un concepto inédito de “propiedad absoluta”, nunca antes aplicado en la legislación nacional. ¿Cómo se hubiera podido llevar adelante, por caso, la nueva traza de la autopista Rosario– Córdoba, sin la ley de expropiaciones actual aún vigente?
El Senado, con 37 votos a favor, y con el apoyo de los representantes del gobernador santafesino, Carolina Losada y Eduardo Galaretto, avanzó para disponer el desalojo de inmuebles urbanos y rurales a través de juicio sumarísimo.
“Cuando el desalojo se funde en las causales de cambio de destino, deterioro del inmueble, obras nocivas o uso abusivo o deshonesto, el juez deberá realizar antes del traslado de la demanda un reconocimiento judicial dentro de las 72 horas de dictada la primera providencia, con asistencia del Defensor Oficial, a fin de constatar e individualizar la identidad de los ocupantes del inmueble con su nombre completo, nacionalidad y número de documento o pasaporte”.
“Cuando haya menores, personas con discapacidad o adultos mayores en situación de desamparo, el juez deberá dar intervención a organismos competentes para asegurar una alternativa habitacional, sin perjuicio de la continuidad del proceso”.
Por lo demás, si se trata de destino habitacional —y previamente a la demanda de desalojo por falta de pago de alquileres— el locatario podrá intimar con un plazo de 10 días para el desalojo.
Finalmente, se aprobó una modificación a la ley de Registro de la Propiedad Inmueble. Se apunta a la incorporación de herramientas tecnológicas que permitan la digitalización integral del sistema registral y que habiliten la presentación de documentos en soporte electrónico, el uso de firma digital conforme a la normativa vigente y la implementación de sistemas de registración que aseguren la inalterabilidad, integridad y trazabilidad de la información.




































