Connect with us

Hi, what are you looking for?

Informe

Contaminación en Bermúdez: una causa en la que zafaron todos por otro fallo polémico del juez Orso

El fallo que condenó a Patricio Serjal y a Nelson Ugolini como organizador e integrante respectivamente de la asociación ilícita que protegió el juego clandestino en Santa Fe tuvo la repercusión suficiente para que otra resolución judicial trascendente quedara en segundo plano. El ex fiscal regional de Rosario tuvo en este caso mejor suerte y fue sobreseído en la causa de Petroquímica Capitán Bermúdez, donde estaba acusado por no investigar la contaminación con residuos tóxicos que esa empresa produjo en un predio de 23 hectáreas ubicado sobre el río Paraná, una “bomba ambiental” como se la conoce. El artífice de la resolución fue el camarista Tomás Orso, un juez que tiene a mal traer a colegas, fiscales y funcionarios políticos.

En un fallo desapercibido por la opinión pública, Orso también absolvió al ex fiscal de Estado Gustavo Luzzini y en una resolución aparte y simultánea cerró la causa contra los propietarios de Petroquímica Capitán Bermúdez. En ambientes judiciales, además de una indignación solapada, provocó suspicacias que la resolución que sobreseyó a Serjal se produjera horas antes de la sentencia contra la organización político-judicial que protegió el juego clandestino. La fiscalía de Rosario presentará un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia de la provincia.

La Corte ya se ocupó de otras decisiones controvertidas del camarista, como la prescripción de los abusos sexuales denunciados por el ex periodista Juan Pedro Aleart, y tiene más trabajo por delante con más fallos que llevan su firma: entre ellos la prescripción de la acción penal por más de treinta estafas en beneficio del abogado Antonio Di Benedetto, una resolución que enfureció al intendente de Venado Tuerto, Leonel Chiarella.

Los fiscales José Luis Caterina y Luis Schiappa Pietra acusaron a Serjal de incumplir sus obligaciones como fiscal regional por aplicar un criterio de oportunidad, pase mágico que archivó la causa. Serjal impartió la orden el 26 de febrero de 2019 a instancias de un acuerdo de Petroquímica Bermúdez y el fiscal de Estado adjunto Gustavo Luzzini que los investigadores consideraron negligente, por decir algo suave. Los empresarios Máximo Taselli, Sergio Taselli y Matías Gallego se ahorraron así la reparación del predio ubicado en la ruta 11 kilómetro 325,5, convertido en un foco de contaminación después de funcionar durante años como un vertedero de residuos tóxicos.

La intervención de Serjal fue similar a la que impuso en otras causas por las que fue acusado, como la que benefició a una concesionaria de autos de la que el ex fiscal regional retiró poco después dos vehículos cero kilómetro. En la audiencia preliminar realizada el 5 y el 12 de agosto, los fiscales sostuvieron que el criterio de oportunidad no correspondía para el caso y lo imputaron por abuso de autoridad, omisión de persecución penal y encubrimiento agravado y pidieron que fuera condenado a 5 años de prisión. Serjal y Luzzini, puntualizaron los fiscales, estaban al tanto de que los empresarios envenenaron a conciencia durante años el ambiente, el aire y el agua en ese sector de Capitán Bermúdez.

Mientras el juez de primera instancia Ariel Cattáneo aceptó las acusaciones, Orso fue receptivo con el planteo de la defensa a cargo de Ignacio Carbone y Gustavo Feldman. El camarista planteó que las actuaciones de Serjal y el fiscal de Estado adjunto Gustavo Luzzini —afrontaba un pedido de 4 años de prisión— fueron “atípicas” pero no delictivas: no hubo malicia, no hubo un apartamiento de la ley y los acusados simplemente cumplieron sus funciones. 

Trabajo para la Corte 

La resolución de Orso en la causa Petroquímica Bermúdez fue recibida en silencio en ambientes judiciales. Por lo bajo, sin embargo, circulan comentarios sobre sobreseimientos resueltos con el juicio en puerta y sobre las consecuencias de un fallo capaz de excusar a fiscales que no persiguen delitos. Un anticipo del recurso que recibirá la Corte Suprema de Justicia de la provincia; uno de los integrantes del Tribunal, Rubén Weder, conoce en detalle la causa como ex fiscal de Estado de la provincia.

El fallo que absolvió a Antonio Di Benedetto, en cambio, desató un aluvión de críticas. Este abogado penalista fue el principal acusado en la Megaestafa inmobiliaria de Venado Tuerto, cumple una condena de doce años de prisión en la cárcel de Piñero y acaba de obtener la reducción de un año después de una apelación de su abogado Ángelo Rossini. En el segundo tramo de la misma causa fue acusado por otras 31 estafas, 23 tentativas de estafa y 5 hechos de falsedad ideológica, hasta la resolución de Orso del mes de julio.

El camarista consideró que la pena máxima para Di Benedetto serían seis años de prisión y ese lapso, precisamente, ya se cumplió desde el inicio de la investigación sin que la fiscalía realizara la acusación para un juicio. En consecuencia, de acuerdo a la ley, dijo, corresponde declarar la prescripción de la acción penal.

El juez Tomás Orso

“El juez Tomás Orso decidió beneficiar a Antonio Di Benedetto, un delincuente de guante blanco”, bramó Leonel Chiarella, quien además definió al fallo como “una locura jurídica”. Los cruces entre ambos remiten por lo menos al 25 de febrero de 2024, cuando el intendente de Venado Tuerto acusó al camarista de “liberar delincuentes” por la prisión domiciliaria otorgada a Raúl Jaime, socio de Di Benedetto.

El fiscal Matías Merlo, investigador de la megaestafa, afirmó que el fallo “genera impunidad” y “perjudica a las víctimas”, ya que de quedar firme y si no hay más oposición la organización delictiva será propietaria de 31 inmuebles habidos mediante estafas. Orso “mantiene una posición individual en contra de toda la corriente del derecho” e “inclina siempre la balanza del lado de los imputados”, se quejó Merlo. El 22 de julio la fiscal Mayra Vuletic presentó un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia de la provincia.

La misma ruta puede seguir otra polémica resolución de Orso. El 11 de noviembre, en los Tribunales de Venado Tuerto, el camarista declaró extinguida la acción penal por estafa y administración fraudulenta contra Alberto Maurino y Leandro Gonzalo, exintegrantes de la conducción de Amsafe del departamento General López. Orso aplicó el mismo criterio que benefició a Di Benedetto —en este caso los hechos ocurrieron en 2016 y los fiscales recién acusaron en 2024— y se elogió a sí mismo diciendo que actuaba “en coherencia con mis propios precedentes”. Al mismo tiempo, según la crónica de Venado 24, pidió disculpas en nombre del Poder Judicial a los denunciantes y a los imputados “por este tipo de respuesta de baja calidad institucional que se está dando en esta causa”.

La doctrina Orso tampoco fue bien recibida en el fallo que benefició a los ex directivos de Amsafe que se apropiaron de una suma millonaria de los afiliados. La Delegación General López del gremio dijo que sentía “vergüenza ajena” y confiaba en que el fiscal Damián Casullo recurra ante la Corte Suprema de Justicia de la provincia; también cuestionó a la comisión directiva provincial de Amsafe por desentenderse de la causa y no presentarse como querellante ni responder a las citaciones de la Justicia.

Leonel Chiarella

El dedo en la llaga

Orso no permanece callado ante las críticas. En respuesta al posteo de Chiarella por la prisión domiciliaria a Raúl Jaime, el camarista negó la “puerta giratoria” en la Justicia con las estadísticas en mano sobre el aumento de la población carcelaria en Santa Fe. A Lisandro Enrico le enrostró “una mirada cargada de demagogia punitiva” después que el actual ministro del gobierno provincial reaccionara por la prisión domiciliaria que concedió a un preso de Melincué con problemas de salud. El camarista también se expresa a través de los medios por cuestiones que atañen al Poder Judicial, por ejemplo cuando contestó las declaraciones del gobernador Maximiliano Pullaro sobre la justicia “cara e ineficiente” en Santa Fe.

Como juez de la Cámara de Apelaciones, Orso dictó también la prescripción de la acción penal por la denuncia de Juan Pedro Aleart contra su tío. Fue el 8 de febrero de 2024 y en ese caso confirmó el fallo en primera instancia de Florentino Malaponte, fundado en el tiempo transcurrido y lo que manda la ley. El 18 de abril de 2024 Aleart expuso la historia en el noticiero central de Canal Tres y dijo que confiaba en la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la provincia; en noviembre, la Corte respondió a esos deseos, consideró que la investigación del Ministerio Público de la Acusación “no ha finalizado” y por mayoría revocó la prescripción.

Orso no se limita a hacer disquisiciones jurídicas en sus fallos. El 1° de octubre, en el caso “Berlari, Agustina Belén y otros s/ Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”, resolvió sacar una investigación del ámbito del MPA y transferirla a la Justicia Federal y entre otras consideraciones afirmó que “la justicia federal de Rosario y Zona de Influencia fue fortalecida con muchos recursos humanos y materiales” y “es público y de notorio conocimiento (que) son recursos que están casi ociosos”.

El camarista le dio entonces trabajo a la Justicia Federal con una causa que tiene catorce imputados. Contra la posición del fiscal César Pierantoni, argumentó que la banda en cuestión escapa al microtráfico por su organización y el volumen de sus operaciones y la ley 26.052 establece que, en caso de duda, prevalece la competencia federal.

El 16 de septiembre Orso concedió un pedido del abogado Jesús Romero para que la jueza María Trinidad Chiabrera no intervenga en audiencias por la causa que afronta Mariana Ortigala. El defensor planteó que Chiabrera dictó la prisión preventiva de Ortigala y después fue designada para intervenir en la audiencia preliminar, lo que afectaba la garantía de imparcialidad.

La resolución de Orso en ese caso afecta menos a Chiabrera —de quien destacó “la encomiable y enjundiosa labor”— que al Ministerio Público de la Acusación. La defensa sostiene que Ortigala fue informante del MPA y entonces la causa que enfrenta por extorsión y otros delitos debería ser tratada en conexidad con la que lleva adelante la Fiscalía de Santa Fe por supuesta protección a la corredora inmobiliaria, hoy presa de alto perfil en la Unidad Penal número 5. La pretensión fue rechazada, pero Orso la recupera como “una singularidad en la presente carpeta judicial” y entiende “que potencia la garantía de imparcialidad —y disipa toda sospecha de pérdida de la misma— que intervenga otro magistrado/a en audiencias pendientes y a fijarse”.

Este actor independiente dentro del Poder Judicial de la provincia, renuente a afiliarse al Colegio de Magistrados, justifica sus resoluciones con el Código Penal. El apego a la letra de la ley está por encima de contingencias como que delincuentes de guante blanco puedan convertirse en propietarios de 31 inmuebles que obtuvieron mediante estafas, pero al respecto Orso argumenta que las víctimas tienen el poder de reclamar. El camarista parece un francotirador que dispara sobre la Corte Suprema de Justicia de la provincia —porque no produce fallos que lo obliguen— y sobre el Ministerio Público de la Acusación —por la demora en llevar a juicio las investigaciones— y desconcierta por su distancia con la política provincial, que cultivó desde un principio “cuando el peronismo nombraba hasta a los ordenanzas en el departamento General López”, según un observador, y se mantuvo aparte.

Pero justamente en los inicios de la carrera judicial se encuentra otro episodio trascendente en la trayectoria de Orso y un hito en la historia judicial santafesina: su intervención como fiscal en la investigación de la muerte de Natalia Fraticelli.

La hora de las explicaciones

Natalia Fraticelli fue hallada muerta el 20 de mayo de 2000 en la casa de sus padres, el juez Carlos Fraticelli y María Graciela Dieser. Policías corruptos de la ciudad de Rufino, el apremio del gobernador Carlos Reutemann para “no tener un caso María Soledad en la provincia”, forenses ineptos y un Poder Judicial no menos incompetente se combinaron para acusar a los padres por la muerte de la joven de 15 años. El sistema penal que rige en Santa Fe surgió de la crisis que produjo el caso y de la situación institucional que puso en evidencia.

“Los jueces tenemos que dar las explicaciones que sean, en un lenguaje llano. Lo peor que podemos hacer es hablar en un lenguaje críptico. Esa es una de las razones por las que acepté participar en el documental”, explica Tomás Orso en El caso Natalia Fraticelli (Federico Rathge, 2023), donde responde por otra intervención controvertida: el pedido de detención de María Graciela Dieser.

Orso recuerda que tuvo “una actuación breve, pero intensa” como primer fiscal en la investigación, y que esa participación “marcó el destino de la causa”. Admite que no se preservó la escena del hecho: “Uno va aprendiendo con los años. Eso debería haber estado más aséptico”, dice por la casa de los Fraticelli y la invasión de autoridades del Poder Judicial, policías y allegados a la familia al descubrirse la muerte de Natalia.

El caso Natalia Fraticelli se exhibió en el canal Encuentro y hoy solo puede verse un tráiler donde Orso alude con dramatismo a su amistad con Carlos Fraticelli. El ex juez tuvo una buena opinión del entonces fiscal, por lo menos hasta la muerte de Natalia; la amistad se interrumpió y no volvieron a verse.

Orso justifica así la decisión de detener a Dieser: “Alguien me dice: ¿vos sabías que Graciela había amenazado a amigos, a la familia (del camarista) Chasco? Empecé a inferir que había alguna cuestión ligada a lo patológico. Todo indicaba que había un crimen cometido por la propia familia. Se empezó a cerrar un círculo (…). Se me ocultó esa información (las amenazas, que después resultaron no ser tales)”.

Héctor Superti y Analía Colombo, abogados de Dieser, tienen en cambio un recuerdo más crítico de la intervención de Orso. “En el velorio de Natalia (al que asistió el entonces fiscal) se decidió la sentencia. El sistema judicial estaba en contra de ella”, declara Superti en el documental de Rathge. “Mi primer pregunta a Orso sería ¿por qué pensar en un homicidio? Ahí arrancó mal el tema”, agrega Colombo.

También entrevistado en El caso Natalia Fraticelli, el ministro de la Corte Suprema de la provincia Daniel Erbetta sostiene que “en general se dice que los jueces no deben ser juzgados por el contenido de sus fallos, pero puede haber errores que ameriten una responsabilidad: la independencia de los jueces tiene como contracara la responsabilidad”. Esa doble faz resurge con la causa contra Petroquímica Capitán Bermúdez, donde “la bomba ambiental” que sembraron los empresarios podría incorporar ahora una bomba jurídica después de la resolución de Orso que sobreseyó a Patricio Serjal y Gustavo Luzzini.


Facebook comentarios

Autor

Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

También te puede interesar