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Informe

El opaco mundo de los préstamos para apuestas online asoma en el caso de la detención del hijo de Gonzalo Belloso

Este lunes la policía encontró en Granadero Baigorria a cuatro ocupantes de un auto donde había un arma de fuego. Uno de los que estaba en el vehículo es Matías Belloso, hijo del presidente de Rosario Central Gonzalo Belloso. Pese a que existen instrucciones en el Ministerio Público de la Acusación (MPA) de ejercer la mayor severidad contra situaciones de tenencia de armas, el hijo del dirigente fue liberado sin formación de causa penal, pese a que el parte preventivo policial indicaba que la requisa había sido por un hecho de amenazas.

Detrás de este incidente, que tiene su controversia, asoma el mundo de los prestamistas para apostadores en casinos ilegales. Y en el terreno de los que recurren a formas bruscas para persuadir a los deudores a que paguen sus obligaciones. Esto aparece de modo notorio en uno de los miembros del grupo donde iba el hijo del presidente de Rosario Central. Que se llama Fausto Carbajo.

Carbajo está denunciado por haber generado una intimidación contra un conocido jugador que surgió de las inferiores de Central, jugó en varios ciclos en el club de Arroyito hasta que fue cedido el año pasado. Se trata de Jonatan Gómez, un volante hábil, que hasta hace unos días integraba el plantel de Sarmiento de Junín. Gómez denunció que Carbajo se presentó en su casa de la ciudad bonaerense para cobrar una deuda por 400 mil dólares en juegos de ruleta online. Eso es lo que el jugador indica que Carbajo le dijo a su esposa.

Esta es una situación que se da como un fenómeno extendido entre futbolistas y personas allegadas a este deporte que es la proliferación de apuestas en circuitos online que no son legales para los que a menudo apostadores recurren a prestamistas informales o bien se endeudan con los mismos dueños del negocio. Gómez dice que el día que Carbajo tocó la puerta de su casa en Junín él estaba concentrado a la espera del partido que Sarmiento debía jugar con Racing el 10 de marzo pasado. El visitante se bajó de una camioneta 4 x 4 blanca donde se quedó un ocupante al volante esperando. 

¿A qué iba? Carbajo es primo de la mujer de Jonatan Gómez. El jugador no lo había mencionado en la denuncia inicial que realizó en la que dio cuenta ante la fiscalía de San Lorenzo. Pero en una ampliación afirmó que era él quien lo había hecho ingresar a una plataforma de juego online llamada Lexus. Y adujo que pertenece a una “organización criminal” como “intermediario o cajero”, junto a otro hombre llamado Gaspar Zayas, y que comanda una persona de apellido Censi.



Gómez asegura que Fausto Carbajo le había dado dinero en repetidas oportunidades para cargar créditos en el sistema de apuestas y que a Zayas le transfirió a sus cuentas personales, e incluso a una de su novia, plata con el mismo motivo. Señala que nunca le había dicho a su esposa sobre esta circunstancia. Y que ella se enteró porque Fausto Carbajo fue a decírselo. Le permitió pasar porque son primos. Y en esa circunstancia el visitante le dijo que el futbolista había denunciado a sus jefes en la Justicia y exigía que levantara esa denuncia porque los perjudicaba a todos.

Para afrontar los pagos Jonatan Gómez firmó unos pagarés que sus acreedores de los casinos le exigían de acuerdo a su denuncia. Como esos documentos se ejecutaron en San Lorenzo allí fue radicada la presentación. El fiscal Aquiles Balbis consideró que como el delito presunto se originó en la provincia de Buenos Aires tenía que intervenir esa jurisdicción. Pero la jueza Griselda Strologo primero y el camarista Ismael Manfrín hace diez días ratificaron que San Lorenzo es la jurisdicción competente.

Ahora la persona que es señalada como quien acudió a la casa del futbolista, a quien este además sindicó como “cajero” de una organización criminal, fue encontrado con un arma 22 largo en la calle Pancho Ramírez y Estanislao López de Baigorria, a donde fueron comisionadas dos patrullas por una denuncia de amenazas en la calle. 

Cuando los ocupantes de los móviles 10.999 y 11.280 llegaron, dos de las personas lo notaron, entraron a un Peugeot 308 blanco e intentaron retirarse del lugar. Los policías los siguieron, los hicieron detener. Al requisar el vehículo encontraron el arma. Había cuatro personas, todas jóvenes. Uno era Fausto Carbajo, de 25 años. Los otros eran Matías Belloso, de 26, Lautaro Gago, de 25, y Dante Méndez, de 26.

Todos fueron detenidos. Pero la fiscal actuante, Raquel Almada, desafectó a Belloso sin formarle causa penal por considerar que no era dueño del arma de fuego secuestrada.

El MPA destacó durante mucho tiempo públicamente como una política distintiva de la persecución de hechos violentos la determinación de ser rigurosos y buscar condenas a toda persona encontrada en situación de tenencia o portación de arma de fuego sin justificación, debido a los índices de delitos de alta lesividad cometidos con ellas. 

Existen además resoluciones, según fuentes judiciales consignan a Suma Política, en donde frente a la tenencia de un arma en un procedimiento donde hay más de una persona involucrada se les forma causa penal a todas.

El solo hecho de tener un arma de manera ilegal en la calle, a diferencia de años anteriores, se toma como un hecho grave. El criterio de la instrucción del ex fiscal general del MPA Jorge De Olazábal indica que una persona que tiene un arma de fuego y no puede justificar la tenencia o la portación debe quedar detenida.

En Rosario existen fallos de Cámara Penal que no han aceptado medidas leves contra portadores de armas de fuego. En diciembre de 2019 el MPA celebró la decisión del camarista Alfredo Ivaldi de rechazar que un joven detenido con un arma de guerra en su auto, que no había sido usada, recibiera una probation como sanción por esa conducta.

En esa ocasión Ivaldi subrayó que en este tipo de delitos con armas, para los cuales existen instrucciones generales del MPA, los jueces no pueden oponerse al criterio de los fiscales. En este caso lo que los fiscales buscaban era un juicio oral con vistas a una pena de prisión efectiva. Algo que el MPA defendía entonces como una política razonable en una ciudad con los índices delictivos incrementados por la utilización de armas. Y la pena por tener un arma de guerra de procedencia ilegal tiene un mínimo de tres años y medio de prisión, es decir, no es excarcelable.


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